Revista Digital
Director
- Mag. Ernesto Adrián LÖFFLER
Secretaria de Redacción
- Abog. María Alejandra FRIPP – Tel.: (02964) 435171
Concejo Editorial
- Abog. Laura Carolina URQUIZA
- Abog. María Carola REQUEJADO CARRERE
- Abog. Francisco José CAPPELLOTTI
- Abog. María Cecilia IGLESIAS
- Abog. Marcela CIANFERONI
- Abog. Elsa PERLO
Este nuevo desafío que la Escuela Judicial incorpora, nació gracias a la inquietud y predisposición de un grupo de magistrados y funcionarios comprometidos con el crecimiento individual y colectivo de todos aquellos que conformamos el mundo del derecho.
No hay mejor forma de compartir que expresando nuestras ideas con respeto, capacitándonos íntegramente, evaluando doctrinas, complejos legales, experiencias de hecho y de derecho conforme a valores jurídicos y morales.
Esta revista digital cuyo significado conceptual nos lleva a pensar en una segunda vista o examen hecho con diligencia y cuidado, pretende ser una herramienta más con el objetivo de informarnos y formarnos utilizando la tecnología como valioso medio que nos permita estar cerca aún en la distancia.
Felicito la iniciativa e invito a quienes tengan interés en aportar sus experiencias y expectativas en todo tema de incumbencia, que lo plasmen en este espacio, para conocernos más en nuestras inquietudes, saberes y pareceres. Gracias y sigamos avanzando proyectándonos hacia una justicia más eficaz y participativa.
María del Carmen Battaini
¿Quiénes Somos?
Somos un grupo de jóvenes profesionales, pertenecientes al Poder Judicial de la provincia de Tierra del Fuego, que nos hemos propuesto la creación de una revista jurídica virtual con el objeto de generar un espacio que contribuya al desarrollo y crecimiento de la doctrina local. Queremos brindar a todos los abogados, procuradores, investigadores y a quienes quieran sumarse con nosotros, un espacio de reflexión común, donde se debata, se estudie e investigue.
En “libertad de opinión” se materializa nuestro anhelo, como recordaba Miguel de Unamuno, “Es detestable esa avaricia espiritual que tienen los que sabiendo algo, no procuran la transmisión de esos conocimientos”.
Objetivos
- Invitar a la investigación en las diferentes ramas de las Ciencias Jurídicas, como así también aquellas que le sean afines.
- Ofrecer al lector un medio de permanente consulta y un ámbito donde encontrar respuesta a los dilemas que se le planteen en la función jurisdiccional y social.
- Divulgar las investigaciones teórico-jurídicas.
- Fomentar la evaluación global de la investigación.
- Estimular el acceso de proyectos teóricos y doctrinarios.
- Propiciar el intercambio académico e incentivar la preparación de un grupo de investigadores, manteniendo su interés constante.
Pautas de Publicación
1. En cuanto a su contenido
Trabajos de Investigación
Deberá tratarse de trabajos que aborden el análisis de temas jurídicos en sentido amplio: doctrina, investigación de la jurisprudencia, política legislativa, relaciones interdisciplinarias, enseñanza del Derecho, ejercicio de la abogacía y todo otro vinculado con el fenómeno jurídico en el contexto social, político y económico en el que se desarrolla.
Se dará preferente aceptación a los trabajos que planteen un aporte original, sea metodológico, de perspectiva, contenido o interpretación. Circunstancia que se tomará como pauta para la prioridad en la publicación.
Comentarios a Fallos
Si se tratase de comentarios a fallos éstos deben revestir carácter original e implicar una toma de posición novedosa o que represente definición doctrinaria en algún aspecto relevante. Se acompañará la sentencia del caso o las doctrinas correspondientes con los datos identificatorios del pronunciamiento.
Si se tratase de comentarios a una nueva ley, decreto o resolución se indicará fecha de sanción y publicación oficial. En el caso de anteproyectos de ley se indicará autor y estado parlamentario.
En ambos casos la extensión de los trabajos se considerará particularmente en atención a la relevancia del comentario y al espacio disponible en la Revista.
2. En cuanto a su redacción
Los trabajos que se presenten para su publicación deberán, previamente, haber sido objeto del proceso de “corrección” pertinente, a efectos de lograr una adecuada redacción y claridad en la expresión de las ideas y conceptos.
Si algún apartado o pasaje no pudiera autocomprenderse, la Dirección a través del Concejo Editorial y de la Secretaría de Redacción podrá, a su criterio, de acuerdo con la complejidad que plantee la tarea, asumir la “corrección de estilo” necesaria para adecuar el trabajo a las condiciones de publicación o bien, solicitar a su autor las aclaraciones y correcciones pertinentes.
El autor, en el momento de entregar su trabajo para la publicación, suscribirá y presentará por ante la Secretaría de Redacción, la “Cesión de los derechos de edición, difusión y publicación”, manifestando su consentimiento con el procedimiento descripto. A los fines de cumplimentar este particular deberá, asimismo, consignar un número telefónico y dirección de e-mail al cual poder comunicarse. Asimismo acercará a la redacción las correcciones indicadas en el plazo que se estipule.
La corrección de estilo es una tarea final de crítica formalista para el mejoramiento de la expresión, que busca aclarar, mejorar y unificar las formas expresivas, con respeto absoluto por los conceptos originales. Busca el empleo de formas óptimas para expresar el contenido, a través de procedimientos como: limpieza de expresiones, cambios en el orden de las palabras, amplificación, síntesis, sustitución de formas, supresión o aumento de signos de puntuación y auxiliares, separación y agrupamiento de frases, colocación de notas o aclaraciones. Incluye la corrección gramatical y léxica.
Se propiciará la publicación de trabajos inéditos. No obstante, en caso de tratarse de actualizaciones o revisiones de artículos ya publicados, se aclarará en nota al pie tal circunstancia.
3. En cuanto a la estructura de la publicación
Cada artículo deberá contener: sumario, en el que se indiquen los títulos de cada capítulo; un resumen de lo que será el desarrollo del mismo; introducción, desarrollo y conclusión.
Deberá hacerse una breve referencia al pie respecto del autor y podrán ser dedicados.
Las citas bibliográficas deberán efectuarse al pie y del siguiente modo: APELLIDO y nombre del autor. Título de la Obra. Editorial. País de edición o provincia. Año de edición. Página de la que se extrae la cita textual.
Si se tratare de citas tomadas de revistas. APELLIDO y nombre del autor. “Título de la Nota”. Revista. Nº. País o provincia. Año de edición. Página de la que se extrae el texto referenciado.
Se incluirá la indicación de la Bibliografía que ha utilizado el autor con la siguiente sistemática: APELLIDO y nombre del autor. “Título de la Obra”. Editorial. País de edición. Año de Edición.
Dentro del texto del trabajo, cuando se cite un autor, se deberá hacer referencia al mismo sólo con mayúscula el inicio de su nombre/s y apellido/s.
Cuando se hace referencia a una cita, primero se consigna el nombre del autor y luego debe ir la misma -con referencia al pie-.
Si se trata de una cita a una página web, esta debe consignarse con su dirección electrónica y fecha.
Las palabras escritas en otro idioma que no sea español, van en cursivas, sin negritas.
Todos los artículos publicables deberán tener una evaluación positiva de algún miembro del Concejo Editorial y posteriormente revisados por la Secretaría de Redacción. Finalmente su publicación será determinada por el Director.
El procedimiento de evaluación será anónimo, tanto para quien evalúa, como para quien es evaluado.
La Dirección de la Revista tendrá la facultad de admitir o rechazar los trabajos que se presenten teniendo en cuenta los criterios consignados precedentemente y las cuestiones propias que hagan al funcionamiento interno de la revista que excedan la intervención del Director, por el carácter digital de la misma.
4. En cuanto a los aspectos formales
Archivo de texto: word, word perfect o compatible.
Tipo de letra: Arial 11 interlineado sencillo.
Tamaño de página: A 4.
Extensión máxima: 20 páginas
Presentación: En soporte digital.
5. Aceptación de pautas y cesión de derechos de autor
En oportunidad de manifestar el autor su intención de publicar en la Revista Judicial Digital del Poder Judicial de la Provincia tomará conocimiento de las condiciones de publicación a las que deberá ajustarse.
Al presentar el trabajo para su publicación en soporte papel, lo acompañará de una cesión de derechos, de la cual se desprenda la conformidad con las reglas prefijadas y una declaración jurada acerca de su autoría. De igual modo deberán respetarse, sin excepción, los plazos de entrega y corrección en su caso.
6. Registro de los derechos de autos y de edición
Los autores de los artículos publicados cederán expresamente los derechos de edición, difusión y publicación a la Revista Poder Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego, que estará facultado para llevarla a cabo en las formas y por los medios que crea conveniente.
Independientemente de tal cesión, los autores reservarán para sí el derecho de difundir su trabajo por otros medios.
7. Responsabilidad Frente a Terceros
La responsabilidad por las ideas y opiniones expresadas en los artículos corresponde a sus autores.
Las mismas no constituyen necesariamente opinión institucional y pueden o no resultar coincidentes con la opinión de las autoridades de la revista, el Director, la Secretaría de Redacción y el Concejo Editorial.
8. Invitación
Se realizarán dos convocatorias por año. Una en cada semestre.
Publicaciones 2017
Revista Judicial Nº 5 – 2017
Por artículos (en formato .pdf)
- La hipocresía procesal de considerar perito a quién no actúa como tal
Por Daniel Raúl Balihaut - La inconstitucionalidad del solve et repete en la ley provincial 90 (policía del trabajo)
Por Yamina Pallotto. - La protección de la remuneración en el empleo público en el ámbito de la Provincia de Tierra del fuego
Por Zarina E. Ross. - La viabilidad de la suspensión de juicio a prueba en los casos de violencia de género.
Por María Guadalupe Martire. - Nueva conceptualización del Derecho Internacional de los Derechos humanos.
Por Ernesto Adrián Löffler. - Revisión Judicial de los pronunciamientos definitivos del Juzgado de Faltas de Río Grande. Honorarios del letrado del impugnante.
Por Paola Mangialavori. - Sobre la calidad de las instituciones y las políticas sociales: algunos aportes de interés en cuanto al desarrollo del control judicial y sus reflejos en la jurisprudencia fueguina.
Por Eduardo R. Olivero.
Publicaciones 2015
Revista Judicial Nº 4 – 2015
Por artículos (en formato .pdf)
- CRITERIOS DE SELECCION DE JUECES Y..
Por Juan José Varela - DERECHO vs PROCESO
Por Francisco José Cappellotti. - LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN REVIVE EL FEDERALISMO DE CONCENTRACIÓN
Por David Pachtman. - LA NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ALCANCE INDIVIDUAL, EL AGOTAMIENTO DE LA VÍA Y LA HABILITACIÓN DE INSTANCIA JUDICIAL.
Por Mariana Sánchez Caparrós. - LA PRESCRIPCIÓN LIBERATORIA EN MATERIA TRIBUTARIA A PARTIR DE LA SANCIÓN DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL. Por Carola Requejado Carrère.
- RESPONSABILIDAD ESTATAL Y ULTRACTIVIDAD DEL CODIGO CIVIL
Por Roxana Cecilia Vallejos y Luciana Villar.
Revista Judicial Nº 3 – 2015
Por artículos (en formato .pdf)
- Aspectos esenciales del preámbulo de la constitución de Tierra del Fuego
Por Ernesto Adrián Löffler - Constitución Nacional, Tratados Internacionales y Representantes Políticos
Por Francisco Cappellotti. - Contrato de sindicación de acciones Hipótesis de Extensión de la Quiebra a los Socios Sindicados Art 161 LCQ
Por Sebastián De Bello. - El Interés superior del niño y la elección de una familia en un caso de adopción plena
Por Gabriela Yuba. - Poder de Corrección – Código Civil y Comercial Por María Alejandra Fripp.
- Aplicación de la Ley Nro 24.660 (LEPPL) y sanciones disciplinarias aplicadas en nuestra jurisdicción
Por Felicitas Maiztegui Marcó.
Publicaciones 2014
Revista Judicial Nº 2 – 2014
Por artículos (en formato .pdf)
- Carácter de la Obligación Alimentaria debida por los abuelos a sus nietos menores de edad. Por María Alejandra Fripp
- El ejercicio de la acción penal a la luz del art. 72 del Código Penal. Por Guillermo Garone.
- El Juez y su difícil tarea de cuantificar Derechos Personalísimos. Por Francisco Cappellotti.
- El principio de congruencia a la luz del fallo “Luna”. Por Laura C. Urquiza.
- John Marshall ¿Padre del control de constitucionalidad? Acerca de algunos precedentes que habrían inspirado su decisión en el caso “William Marbury versus James Madison”. Por Ernesto Adrián Löffler.
- Mediación Penal: una nueva forma de impartir Justicia. Por Valeria Martínez
Publicaciones 2013
Revista Judicial Nº 1 – 2013
Por artículos (en formato accesible.doc y .pdf)
- Portada (formato.doc – formato pdf)
- Sumario (formato.doc – formato pdf)
- Tensión entre dos exigencias éticas? Honestidad versus Independencia en la justicia del Paraguay. Por Ernesto Adrián Löffler (formato.doc – formato pdf)
- Argumentos epistemológicos de la investigación criminal. Un aporte a la cuestión, desde la lógica Peircena. Por Juan Manuel Vicente (formato.doc –formato pdf)
- Nota a la Sentencia de Ejecución “Estancia las Violetas”. Derecho Procesal Ambiental de Presupuestos mínimos. Juez conductor de Oficio del Proceso.Por Nadia Soledad Coleclough (formato.doc – formato pdf)
- Reseña del Derecho Electoral en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Por Adriana Pérez Torre (formato.doc – formato pdf)
- La importancia del dominio de la lengua en la actividad jurídico-judicial. Por Francisco Cappellotti (formato.doc – formato pdf)
- Votos y Bancas. La Representación proporcional en Tierra del Fuego. Por Marcelo Damián Guzmán. (formato.doc – formato pdf)