RESOLUCIÓN Nº: 159 /08
USHUAIA, 10 de diciembre de 2008.
VISTO:
La Licitación Privada Nº: 07/08 que tramita por expediente Nº: 26129/08 STJ-SSA, caratulado "Seguro Edificios y Automotores 2009 s/ su contratación", y
CONSIDERANDO:
A fs. 238 de estas actuaciones obra el dictamen de la Comisión de Preadjudicación, que fue anunciado en la sede de este Tribunal a partir del día 18 de noviembre del presente año, según constancia de fs. 238 vta.
Habiendo vencido el plazo previsto para la presentación de impugnaciones, dicho dictamen se encuentra firme. Por lo expuesto y compartiendo el criterio adoptado por la mencionada Comisión, corresponde adjudicar los renglones B y C (seguros de los edificios y notebooks).
Asimismo, y de conformidad a lo informado por la Administración a fs. 239, se desestiman las ofertas correspondientes al renglón A (seguros de automotores) por inconveniencia del precio, resultando viable entonces la contratación directa. Al efecto deberá solicitarse cotización a otras firmas de plaza, procurando la obtención del valor más bajo del mercado local y asegurando la adecuada transparencia en el trámite.
Por otra parte y hasta tanto se resuelva la nueva contratación, es imperioso asegurar por el período de un mes a los vehículos oficiales.
Por ello, de acuerdo a lo establecido en la Acordada Nº: 33/07,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA,
RESUELVE:
1º) ADJUDICAR los renglones B y C de la presente Licitación Privada Nº: 07/08 a la firma "Sancor Cooperativa de Seguros Ltda.", por la suma// ///de pesos treinta y nueve mil trescientos cincuenta y nueve con ochenta y seis centavos ($39.359,86).
2º) DESESTIMAR las ofertas de la "Caja de Seguros S.A" y "Sancor Cooperativa de Seguros Ltda.", recibidas para el renglón A, por resultar su precio inconveniente.
3º) AUTORIZAR la contratación directa del citado renglón y, asimismo, la contratación -por un mes- del seguro de los vehículos oficiales, según lo expuesto en los considerandos.
Firman: Dr. Carlos Gonzalo Sagastume (Presidente)
Dra. María del Carmen Battaini (Vicepresidente)
Dr. Carlos Salvador Stratico (Secretario)
4º) MANDAR se registre, notifique, publique y cumpla.