RESOLUCIÓN N1:  110 /07

 

 

USHUAIA,  15 agosto de 2007.

 

VISTO:

El Expediente N1: 22069/06 STJ-SSA caratulado AOficina de Asistencia a la Víctima s/ Locación de Inmueble para su sede@, y

 

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo tramita la locación de un inmueble que será destinado al funcionamiento del Centro de Mediación y de la Oficina de Asistencia a la Víctima.

Que a fs. 35 obra la Carta de Intención suscripta por este Poder Judicial con la Caja Compensadora de la Policía de la Provincia, en carácter de acuerdo preliminar por la locación del inmueble de calle Gdor. Deloqui esquina Cte. Luis Piedrabuena.

Que resultando las partes organismos oficiales, la presente contratación puede llevarse adelante por la modalidad de contratación directa conforme a lo previsto en el inciso 3a) del articulo 26 de la Ley Territorial de Contabilidad N1 6.

Que el monto del canon locativo mensual asciende a la suma de Pesos Ocho Mil Quinientos Ochenta ($8.580,00).

Que por todo lo expuesto, existiendo previsión presupuestaria y contemplando especialmente el deber de prestar eficientemente el servicio de justicia en la Provincia, resulta procedente concretar la propuesta realizada, disponiendo la suscripción del contrato correspondiente.

En consecuencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley Territorial de Contabilidad N1: 6 y su reglamentación aprobada por Decreto Provincial N1: 1505/02, y conforme a lo previsto por Acordada N1: 33/07,                                  ///

 

///                     EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

RESUELVE:                                                                      


11) AUTORIZAR la contratación de la locación del  inmueble ubicado en la esquina de las calles Gdor. Deloqui y Cte. Luis Piedrabuena, identificado con la nomenclatura catastral, Parcela 02B, del Macizo 36, de la Sección A,  de la localidad de Ushuaia, por un canon mensual de Pesos Ocho Mi Quinientos Ochenta ($8.580,00), autorizándose a firmar el contrato respectivo al Sr. Secretario de Superintendencia y Administración, en los términos del proyecto que se adjunta como Anexo.

                        21) IMPUTAR definitivamente el gasto que irroga la presente contratación a la partida presupuestaria pertinente del ejercicio correspondiente.

                        31) MANDAR se registre, publique y pasen las presentes actuaciones a la Prosecretaria de Administración para la prosecución del trámite.

 

 

 

Firman:

Dra. María del Carmen Battaini  (Presidente)

Dr. Carlos Gonzalo Sagastume (Juez)

Dr. Carlos Salvador Stratico (Secretario)

 


ANEXO - RESOLUCIÓN N1      /07

 

 

PROYECTO DE CONTRATO DE LOCACIÓN

 

Entre la  Caja Compensadora de la Policía Territorial, representada  por  su Presidente el Comisario General (R) José Bautista Barrozo, LE N1 8.850984, con domicilio en la calle 9 de julio N1 421 de la ciudad de Ushuaia­, en adelante el LOCADOR, por una parte, y por otra el Superior Tribunal de Justicia, representado por el Señor Secretario de Superintendencia y Administración, Dr. Carlos Salvador Stratico, LE N1 4.531.204­, con domicilio en calle San Martín N1 15 de la ciudad de Ushuaia­, en adelante denominado el LOCATARIO, convienen en celebrar el presente contrato de locación, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: El LOCADOR cede en locación al LOCATARIO y este acepta parte del inmueble ubicado en la calle Gdor. Deloqui N1 1123 de esta Ciudad, comprendida por la planta baja y primer piso y un local ubicado en calle Piedrabuena N1 223, cuya superficie total aproximada cubierta asciende a  395 m5,  la que se encuentra en correcto estado de conservación y funcionamiento, comprometiéndose el LOCATARIO a mantenerlo y entregarlo en la misma forma, salvo los deterioros originados por el buen uso, conforme su destino y transcurso del tiempo. Además forman parte de esta locación los muebles y artefactos que se detallan en el inventario que se agrega como anexo.--------------------------------

SEGUNDA: El LOCATARIO destinará el bien indicado al asiento de dependencias del Poder Judicial. Asimismo le queda prohibido sublocar en todo o en parte el mismo.-------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: La locación se pacta por un plazo de TRES (3) años a partir del día ........de .............................. de 2007, con una opción de prórroga a favor del LOCATARIO por un período igual. Dicha opción deberá ser comunicada al LOCADOR por escrito, con una antelación de sesenta (60) días.--------------------

CUARTA: El precio del alquiler mensual se conviene en la suma de Pesos Ocho Mil Quinientos Ochenta  ($8.580,00),  pagaderos del uno (1) al quince (15) de cada  mes y por adelantado, en el domicilio del Superior Tribunal de Justicia.---

QUINTA: El LOCATARIO permitirá el acceso al inmueble al LOCADOR o sus representantes, cuando así lo requieran, con 24 hs. de anticipación como mínimo.--------------------------------------------------------------------------------------------///

SEXTA: Son a cargo del LOCADOR las reparaciones que exigiere el deterioro del inmueble por caso fortuito o fuerza mayor, vicios ocultos, y demás situaciones previstas en el articulo 1516 y concordantes del Código Civil, las que podrán en caso de urgencia ser realizadas por el LOCATARIO por cuenta de aquél.--------

SÉPTIMA: Queda prohibido al LOCATARIO introducir en el inmueble locado elementos o cosas que puedan acarrear perjuicios al bien o a terceros, y realizar actos que contraríen normas municipales y de buenas costumbres en relación al vecindario.---------------------------------------------------------------------------------------------


OCTAVA: El LOCATARIO deberá mantener durante la vigencia del presente asegurado el inmueble contra incendio.--------------------------------------------------------

NOVENA: Serán a cargo del LOCADOR los impuestos y  tasas municipales; y los servicios de luz, gas, agua y teléfono serán a cargo del LOCATARIO.--------------

DÉCIMA: En garantía del fiel cumplimiento del presente, el LOCADOR mantendrá, en concepto de depósito, la suma de Pesos Veinticinco Mil Setecientos Cuarenta  ($25.740,00).--------------------------------------------------------

DÉCIMO PRIMERA: El incumplimiento por parte del LOCATARIO de las obligaciones pactadas en el presente contrato será causa suficiente para darlo por rescindido y solicitar el desalojo del inmueble.-----------------------------------------

DÉCIMO SEGUNDA:  Queda prohibido al LOCATARIO introducir mejoras o modificaciones en el inmueble alquilado sin previa autorización por escrito del LOCADOR. Cuando se autoricen mejoras sobre planos aprobados, los gastos que ellas irroguen serán por cuenta exclusiva del LOCATARIO -salvo acuerdo especial de las partes-, y quedarán en beneficio de la propiedad alquilada.-------

DÉCIMO TERCERA: A todos los efectos legales de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, renunciando a cualquier otra que pudiera corresponder, fijando domicilio para toda notificación judicial o extrajudicial, en los indicados en el presente.---------------------------------------------------------------------------

En la ciudad de Ushuaia, a los ....... del mes de ....................... del año dos mil siete, en prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.