RESOLUCIÓN Nº 64 / 10
USHUAIA, 30 de junio de 2010.
VISTO:
El
expediente Nº 29242/10 caratulado
"Servicio de limpieza edificios DJS año 2010 s/ su contratación” por el
que tramita la Licitación Pública Nº 01/10 y,
CONSIDERANDO:
A fs. 338 de las aludidas actuaciones obra el Dictamen de la
Comisión de Preadjudicación.
Conforme a lo
manifestado en el mencionado dictamen las ofertas más económicas de las firmas
"BADA" y "MARIMAR" fueron desestimadas por no cumplir con
algunos de los requisitos establecidos en el punto 9 del Pliego de Bases y
Condiciones, la primera por no presentar: constancia de inscripción a la AFIP
con sus tres (3) últimos períodos pagos, declaración jurada informando que no
se encuentra encuadrada dentro de las prohibiciones para contratar con el
estado provincial y el pertinente análisis de precios. La segunda por no
presentar: certificado de cumplimiento de las obligaciones fiscales de la Direccción de Rentas de la Provincia, carpeta de
antecedentes laborales o detalle de empresas o entes donde presta o haya
prestado servicios y no haber firmado la oferta en todas sus hojas.
Respecto de la
propuesta de la firma "Andrade Empresa de Limpieza y Mantenimiento" y
de acuerdo a la evaluación realizada por la Comisión de Preadjudicación y a la
revisión efectuada por el Área Contrataciones luego del reclamo efectuado a fs. 344, surge que la empresa cumple con la totalidad de
los requisitos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones, pero el análisis específicio de cada uno de los elementos requeridos para la
presente licitación (carga horaria, plan
de trabajo, procedimientos y análisis de
precios), permitió esclarecer la calidad del servicio y la eficiencia con que
puede ser llevado adelan-te, concluyéndose que dicha propuesta
no se ajusta a los parámetros requeridos.///
/// Asimismo, el mencionado Dictamen
fue anunciado (fs. 338 vta.)
y se encuentra firme. Por lo expuesto y coincidiendo con el criterio adoptado
por la Comisión antes citada, corresponde proceder a la adjudicación de la
presente contratación.
Por ello, de
acuerdo a lo establecido en la Acordada Nº 33/07,
EL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA,
RESUELVE:
1º)
ADJUDICAR
la Licitación Pública Nº 1/10 a la firma "REGIART" por un monto mensual de pesos cuarenta y ocho
mil trescientos cuarenta y cinco con 36/100 ($ 48.345,36).
2º) IMPUTAR
definitivamente el monto correspondiente a la partida presupuestaria pertinente
del ejercicio respectivo.
3º)
MANDAR se
registre, notifique, publique y cumpla.
Firman:
Dr. Carlos Gonzalo Sagastume
(Presidente)
Dr. Javier Darío Muchnik (Vicepresidente)
Dra. María del Carmen Battaini (Juez)
Dr. Carlos Salvador Stratico (Secretario)