RESOLUCIÓN Nº     64 / 10

 

 

USHUAIA, 30 de junio de 2010.

VISTO: 

El expediente  Nº 29242/10 caratulado "Servicio de limpieza edificios DJS año 2010 s/ su contratación” por el que tramita la Licitación Pública Nº 01/10 y,

CONSIDERANDO:

A fs. 338 de las aludidas actuaciones obra el Dictamen de la Comisión de Preadjudicación.

Conforme a lo manifestado en el mencionado dictamen las ofertas más económicas de las firmas "BADA" y "MARIMAR" fueron desestimadas por no cumplir con algunos de los requisitos establecidos en el punto 9 del Pliego de Bases y Condiciones, la primera por no presentar: constancia de inscripción a la AFIP con sus tres (3) últimos períodos pagos, declaración jurada informando que no se encuentra encuadrada dentro de las prohibiciones para contratar con el estado provincial y el pertinente análisis de precios. La segunda por no presentar: certificado de cumplimiento de las obligaciones fiscales de la Direccción de Rentas de la Provincia, carpeta de antecedentes laborales o detalle de empresas o entes donde presta o haya prestado servicios y no haber firmado la oferta en todas sus  hojas.

Respecto de la propuesta de la firma "Andrade Empresa de Limpieza y Mantenimiento" y de acuerdo a la evaluación realizada por la Comisión de Preadjudicación y a la revisión efectuada por el Área Contrataciones luego del reclamo efectuado a fs. 344, surge que la empresa cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones, pero el análisis específicio de cada uno de los elementos requeridos para la presente licitación (carga horaria,  plan de trabajo, procedimientos y  análisis de precios), permitió esclarecer la calidad del servicio y la eficiencia con que puede ser llevado adelan-te, concluyéndose que dicha propuesta no se ajusta a los parámetros requeridos.///


 

 

 

///                Asimismo, el mencionado Dictamen fue anunciado (fs. 338 vta.) y se encuentra firme. Por lo expuesto y coincidiendo con el criterio adoptado por la Comisión antes citada, corresponde proceder a la adjudicación de la presente contratación.

Por ello, de acuerdo a lo establecido en la Acordada Nº 33/07,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA,

RESUELVE:

1º) ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 1/10 a la firma "REGIART"  por un monto mensual de pesos cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y cinco con 36/100 ($ 48.345,36).

2º) IMPUTAR definitivamente el monto correspondiente a la partida presupuestaria pertinente del ejercicio respectivo.

3º) MANDAR se registre, notifique, publique y cumpla.

 

 

 

Firman:        

Dr. Carlos Gonzalo Sagastume  (Presidente)

Dr. Javier Darío Muchnik (Vicepresidente)

Dra. María del Carmen Battaini  (Juez)

Dr. Carlos Salvador Stratico (Secretario)