ACORDADA N1: 60/2.006
En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 31 días del mes de
octubre del año dos mil seis, se reúnen en Acuerdo los señores Jueces del
Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres. Mario Arturo Robbio y
María del Carmen Battaini, bajo la presidencia del primero de los nombrados, y
CONSIDERANDO:
La situación de aquellas
dependencias que con motivo de su reestructuración orgánica cuentan con
categorías vacantes, estando la planta de personal -en cuanto a su número-
totalmente cubierta.
En tal caso no resulta
posible disponer promociones a través del régimen de concursos vigente, ya que
la planta de personal prevista se encuentra completa y que los concursos son
abiertos a todo el Poder Judicial.
En algunos supuestos tampoco
es viable realizar un concurso cerrado a la unidad funcional, por cuanto no hay
personal en las categorías inferiores o
se desempeña sólo un agente en la categoría anterior a la vacante, esto sucede
en las plantas que resultan acotadas.
Es necesario entonces
establecer un régimen de promociones que tenga en cuenta las circunstancias
apuntadas.
Por ello,
ACUERDAN:
APROBAR el siguiente régimen dirigido a la cobertura de
categorías vacantes en dependencias en las que la planta de personal prevista
se halle completa y no resulte posible efectuar un concurso cerrado a la unidad
funcional respectiva, que regirá a partir del 11 de enero
de 2007.
1) El titular de la
dependencia efectuará la propuesta debidamente fundada.
2) El agente propuesto debe
contar con una antigüedad mínima de un (1) año en la misma dependencia, dentro
de las dos categorías inmediatas inferio-/// ///res a la vacante, de las
existentes en la planta prevista.
3) Haber aprobado el
postulado la cantidad de cursos dictados por la Escuela Judicial que exige el
régimen de concursos vigente.
4) Realizar un curso con
contenido específico de acuerdo a la competencia de la unidad funcional
respectiva y aprobar el examen final del mismo con una calificación mínima de 7
puntos sobre 10.
5) No registrar sanciones
disciplinarias en los últimos 18 meses.
6) No encontrarse
usufructuando, o haber utilizado durante el año anterior a la fecha de
postulación, licencia sin goce de haberes por un período continuo o discontinuo
de más de seis (6) meses, salvo que se encuentre motivada por estudio o
capacitación vinculada con la función en el Poder Judicial.
Con lo que terminó el acto,
firmando los señores Ministros del Tribunal, quienes disponen se registre,
notifique, publique en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página Web
del Poder Judicial y se cumpla la presente, dando fe de todo ello el Señor
Secretario de Superintendencia y Administración.
Firman: Dr.
Mario Arturo Robbio (Presidente)
Dra. María del Carmen
Battaini (Vicepresidente)
Dr. Carlos Salvador Stratico
(Secretario)