ACORDADA N1:            60/2.006

 

 

En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 31 días del mes de octubre del año dos mil seis, se reúnen en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres. Mario Arturo Robbio y María del Carmen Battaini, bajo la presidencia del primero de los nombrados, y

CONSIDERANDO:

La situación de aquellas dependencias que con motivo de su reestructuración orgánica cuentan con categorías vacantes, estando la planta de personal -en cuanto a su número- totalmente cubierta.

En tal caso no resulta posible disponer promociones a través del régimen de concursos vigente, ya que la planta de personal prevista se encuentra completa y que los concursos son abiertos a todo el Poder Judicial.

En algunos supuestos tampoco es viable realizar un concurso cerrado a la unidad funcional, por cuanto no hay personal en las categorías inferiores  o se desempeña sólo un agente en la categoría anterior a la vacante, esto sucede en las plantas que resultan acotadas.

Es necesario entonces establecer un régimen de promociones que tenga en cuenta las circunstancias apuntadas.

Por ello,

ACUERDAN:

 

APROBAR el siguiente régimen dirigido a la cobertura de categorías vacantes en dependencias en las que la planta de personal prevista se halle completa y no resulte posible efectuar un concurso cerrado a la unidad funcional respectiva, que regirá a partir del 11 de enero de 2007.

1) El titular de la dependencia efectuará la propuesta debidamente fundada.


2) El agente propuesto debe contar con una antigüedad mínima de un (1) año en la misma dependencia, dentro de las dos categorías inmediatas inferio-/// ///res a la vacante, de las existentes en la planta prevista.                          

3) Haber aprobado el postulado la cantidad de cursos dictados por la Escuela Judicial que exige el régimen de concursos vigente.

4) Realizar un curso con contenido específico de acuerdo a la competencia de la unidad funcional respectiva y aprobar el examen final del mismo con una calificación mínima de 7 puntos sobre 10.

5) No registrar sanciones disciplinarias en los últimos 18 meses.

6) No encontrarse usufructuando, o haber utilizado durante el año anterior a la fecha de postulación, licencia sin goce de haberes por un período continuo o discontinuo de más de seis (6) meses, salvo que se encuentre motivada por estudio o capacitación vinculada con la función en el Poder Judicial.

Con lo que terminó el acto, firmando los señores Ministros del Tribunal, quienes disponen se registre, notifique, publique en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página Web del Poder Judicial y se cumpla la presente, dando fe de todo ello el Señor Secretario de Superintendencia y Administración.

 

Firman: Dr. Mario Arturo Robbio (Presidente)

Dra. María del Carmen Battaini  (Vicepresidente)

Dr. Carlos Salvador Stratico (Secretario)