RESOLUCIÓN Nº: 10 /2010

 

USHUAIA, 11 de marzo de 2010.

 

                   VISTO y CONSIDERANDO:

                    Mediante Acordada nº 86/09 se estableció el régimen de turnos de los Juzgados de Primera Instancia de Familia y Minoridad.   

                   En función de la Resolución nº 9/2010 la asignación de causas de familia por sorteo informático se aplazó hasta el 15 de marzo del corriente año.

                   Hasta tanto se establezcan las receptorías de expedientes, corresponde fijar el modo de ingreso y sorteo de causas, que distribuya equitativamente la carga de trabajo.

                   Las causas nuevas correspondientes a las Secretarías de Familia ingresarán y se sortearán a través del Juzgado de Primera Instancia de Familia y Minoridad nº 1 durante los meses impares y a través del Juzgado de Primera Instancia de Familia y Minoridad nº 2 los meses pares.

                   Para el inicio de una causa el letrado interviniente deberá completar un formulario especial y entregarlo junto con la demanda en el Juzgado que corresponda, el que efectuará el sorteo. El formulario será archivado para constancia en dicho Juzgado y cuando resulte sorteado el otro Juzgado de Familia entregará al letrado la etiqueta con los datos de la carátula y la demanda para su presentación en dicho tribunal.

                   Los cargos serán colocados exclusivamente por el Juzgado que resulte sorteado, en el que quedará radicada la causa.

                   Cabe tener presente los casos urgentes que pudieran presentarse en días y horas inhábiles. En estos supuestos actuará el Juzgado de turno en materia penal de menores y la causa no será sorteada, quedando radicada en dicho Juzgado sin perjuicio de la aplicación de las reglas de competencia atinentes a conexidad de causas y las propias de la acumulación de procesos (art. 21.1 y cc. y art. 217.1 y cc. del C.P.C.C.R.L.yM.)

                  EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

                        RESUELVE:

                  

                        1º) DISPONER que a partir del día 15 de marzo del corriente año las causas nuevas correspondientes a las Secretarías de Familia ingresarán y se sortearán a través del Juzgado de Primera Instancia de Familia y Minoridad nº 1 durante los meses impares y a través del Juzgado de Primera Instancia de Familia y Minoridad nº 2 los meses pares, de acuerdo al procedimiento y bajo las condiciones establecidas en los considerandos de la presente.

                     2º) APROBAR el formulario de ingreso de causas de familia que se agrega formando parte de la presente. El mismo estará disponible en la página web del Poder Judicial y en las Mesas de Entradas de los Juzgados.

                        3º) MANDAR se registre, notifique, publique y cumpla.

 

Firman:        

Dr. Carlos Gonzalo Sagastume (Presidente)

Dr. Javier Darío Muchnik (Vicepresidente)

Dr. Carlos Salvador Stratico (Secretario)

 

 


Cuadro de texto: Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
PODER JUDICIAL
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Formulario Ingreso de Causas

 

Conexidad Juzgado :

Expte Nro. :

Caratula :

 

 

Actor (Apellido y Nombres) :

DNI Nro. :

 

 

 

Demandado (Apellido y Nombres) :

DNI Nro. (opc.) :

 

 

 

Abogado (Apellido y Nombres) :

Matricula :

 

 

Dom. Const.:

Ing. Brutos :

 

 

 

Objeto del Proceso :

 

 

Lugar y Fecha : ......................................................

 

Firma : ...................................................................

 

Aclaración : ............................................................

 

 Teléfono de Contacto : ...........................................

 

 

Asignado al Juzgado :

Nro :

 

 

 

 

 


“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”