El lunes inicia juicio oral y público por la muerte de Víctor Andrade

Tribunales RG

(07/08/15) El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte iniciará el próximo lunes 10 de agosto el juicio oral y público por la muerte de Víctor “Chuky” Andrade, por la que está acusado de homicidio agravado el Oficial de la policía provincial Cristian Eduardo Balaguer.

El caso se remite a un hecho ocurrido en Río Grande el 21 de septiembre del año 2010 cuando, tras una persecución policial, la víctima quedó acorralada en el garaje de una vivienda y sufrió el disparo de un arma tipo escopeta anti tumultos que al impactar en la arteria femoral de una pierna le provocó una herida mortal.

Según la investigación realizada en la etapa instructora, ese día los efectivos policiales César Gualtieri y Balaguer a bordo de un móvil policial observaron que por la calle Thorne entre Mosconi y Almafuerte circulaba en exceso de velocidad y de manera zigzagueante un cuatriciclo conducido por la víctima, que al divisar a la policía, emprende la huida por la calle Thorne y, luego de cruzar la calle Schweitzer dio la vuelta en ¨U¨ dirigiéndose directamente hacia el móvil policial, el que fue eludido.

Durante el raid así descripto, el cuatriciclo conducido por Andrade detiene su marcha e ingresa al garage de la vivienda ubicada en la calle Almafuerte 1225. En este contexto, arriba el móvil policial al lugar, desciende su conductor el oficial Gualtieri y en momento en que se dirige hacia la persona de Andrade, Balaguer observa que éste pretendía agredir a su colega con un caño de hierro rectangular. Para ello, Balaguer, portando una escopeta en mano, realizó un disparo con el arma tipo escopeta que al impactar de manera directa sobre la parte inguinal izquierda de la víctima, provocó  la rotura de la vena femoral, y una vez en el suelo reducido y esposado, fue trasladado al Hospital Regional.

Luego de ser intervenido quirúrgicamente y de haberle extraído restos del material del disparo sufrido, el día 23 de septiembre se produce el deceso de Andrade debido a un “shock hemorrágico grave”.

En el requerimiento de elevación a juicio, el Fiscal Mayor Doctor Guillermo Quadrini planteó que “el hecho así descripto encuentra adecuación típica en la figura legal contenida en el art.80, inciso 9 del Código Penal (CP) –homicidio agravado por haber sido cometido abusando de su función y cargo como miembro de la fuerza de seguridad-en calidad de autor (art.45 del CP) contra el imputado Balaguer”.

El juicio que se inicia este lunes será presidido por el Doctor Daniel Borrone y actuarán como vocales los Doctores Juan José Varela y Andrés Leonelli. La querella estará a cargo del Doctor José Rodas, la defensa la ejercerá el Doctor Francisco Giménez y el Fiscal será el Doctor Guillermo Quadrini.

Está previsto que entre la lista de 23 testigos convocados declaren dos oficiales peritos en balística de la Gendarmería Nacional, además de los médicos que atendieron a la víctima en el Hospital Regional Río Grande; el médico forense Juan Ángel Ávalos y  el Doctor Carlos Alegre Gervasoni.

Antecedentes del caso

En la etapa de instrucción el Juez Doctor Eduardo López, procesó a los imputados, la primera vez, por homicidio preterintencional y mantuvo la libertad de ambos.

Dicho procesamiento fue apelado por el Fiscal Mayor y el abogado querellante, representante de la familia de Andrade, por lo que en octubre de 2014, la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones anuló dicha medida, y solicitó el cambio de la imputación por la de “homicidio agravado” al entender que abusó de su función y cargo como miembro de las fuerzas policiales.

Ante esta situación, el magistrado tomó nuevamente la causa, hizo lugar al pedido de la Cámara de Apelaciones y ordenó la detención de los policías.

Sin embargo, radicada la causa en el tribunal, el defensor de Balaguer solicitó la excarcelación de su representado en base a los lineamientos del Superior Tribunal de Justicia en el caso «Donamaría»; beneficio que le fue concedido el 6 de mayo bajo reglas de conducta, una de las cuales es la prohibición de ausentarse de su domicilio (medida restrictiva menos gravosa que la prisión preventiva).

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