Perspectiva de Género

Leyes Nacionales

Ley 27.636 | Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal “Diana Sacayan – Lohana Berkins”.

Ley 27.611 | Ley nacional de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia

Ley 27.610 | Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo

 

Ley 27.499 | Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los Tres Poderes del Estado

Ley 27.452 | Régimen de Reparación Económica para las niñas, niños y adolescentes

Ley 27.234 | Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género

Ley 27.210 |  Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género. Creación. Funciones.

Ley 27.176 | Día Nacional Lucha contra Violencia de Género en medios de comunicación

Ley 27.039 | Violencia de Género. Fondo Especial de Difusión de la Lucha contra la Violencia de Género. Línea Telefónica Gratuita con Alcance Nacional “144”. Creación

Ley 26.844 Régimen Especial De Contrato de Trabajo para El Personal De Casas Particulares

Ley 26.842 | Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas. Modificación Código Penal, Código Procesal Penal y Ley 26.364

Ley 26.791 | Modificación Código Penal: Femicidio.

Ley 26.743 | Ley De Identidad De Género

Ley 25.674 |  Participación femenina en las unidades de negociación colectiva de las condiciones laborales.

Ley 25. 673 Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable

Ley 26.485 | Violencia Contra La Mujer – Prevención, sanción y erradicación

Ley 26.618 | Matrimonio Igualitario

Ley 26.150 | Programa Nacional de Educación Sexual Integral
Ley 25. 929 | Parto Humanizado

Ley 25.632 | Convención Internacional contra la delincuencia organizada trasnacional.

Ley 25.584 | Prohibición en Establecimientos de Educación Pública de Acciones que Impidan el Inicio o Continuidad del Ciclo Escolar a Alumnas Embarazadas
Ley 25.273 | Creación de un Sistema de Inasistencias Justificadas por Razones de Gravidez
Ley 25.087 | Delitos contra La Integridad SexualLey 24.012 | Cupo Femenino

 

Ley 13.010 | Voto Femenino

Leyes Provinciales

LEY 1404 | RÉGIMEN DE LICENCIA PRENATAL Y POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, NACIMIENTO, LACTANCIA Y ADOPCIÓN PARA AGENTES DEL ESTADO PROVINCIAL: MODIFICACIÓN.

LEY 1388 | CREACIÓN DEL EQUIPO DE ABOGADAS Y ABOGADOS PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIAS POR MOTIVO DE GÉNEROS.

Ley 1383 | PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN JUDICIAL PARA LA VÍCTIMA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y LAS SANCIONES PARA QUIEN LA EJERZA: MODIFICACIÓN Ley 1022

Ley 1328 |  Creación del Consejo de Actuación Interdisciplinaria de Emergencia COVID-19 (CAIE) en el Ámbito de la Provincia en atención de Violencia hacia las Mujeres, Familiar y Maltrato Infanto-Juvenil.

Ley 1327 | Implementación en el Ámbito de la Provincia de Campaña de Información, sobre la Enfermedad denominada Endometriosis.Ley 1293 | Adhesión a la Ley 27.499 “Micaela” de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado.

 

Ley 1130 | Creación del Sistema de Alerta de Localización Georreferencial de Protección.

Ley 1104 | Modificación Ley 473 – Licencia Especial a la Mujer Víctima de Violencia de Género.

Ley 1022 Procedimiento de Protección Judicial para la Víctima de Violencia Familiar y las Sanciones para Quien la Ejerza.

Ley 1013 | Adhesión a ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.

Ley 911 | Régimen de Licencia Prenatal y por Maternidad, Paternidad, Nacimiento, Lactancia y Adopción para Agentes del Estado Provincial.

Ley Territorial 473 | Licencia Especial Mujer Golpeada.

 

 

Protocolo

 

R., F. A. s/ Abuso sexual simple.” Expte. Nº 699/2021 STJ- SP

El Tribunal de Juicio en lo Criminal DJS absolvió sin costas a F.A.R. en orden al delito de abuso sexual agravado (art. 119 párrafo 1º y 4º incs. B y f del Código Procesal Penal), la parte querellante interpuso recurso de casación, el cual fue admitido; razón por la que el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia absolutoria, con un voto en disidencia, resolviendo que la perspectiva de género como estándar valorativo, permite ampliar espacios de protección de aquellas personas que se encuentran en clara desventajas con la imagen ideal prevista por la norma. El caso se centra en lo principal a establecer la correcta valoración de los dictámenes periciales contradictorios, tornándose necesario la estricta valoración del material probatoria incorporado a la causa, sin incurrir en estereotipos abstractos primando ante todo el justo alcance y la necesaria aplicación del principio de inocencia del imputado en autos.

C. K., C. A. s/ Abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante”. Expte. Nº 979/2020. STJ-SP.

En una causa de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la calidad de guardador, reiterado en número indeterminado de ocasiones, se resolvió dictar la pena a diez años de prisión.(arts.55,119 párrafos 2º y 4º inc. b del C.P). Interpuesto por la defensa recurso de casación, aduciendo errónea interpretación del plexo probatorio, como también la inimputabilidad de su defendido, el Superior Tribunal rechazó el mismo considerando en sus fundamentos que la sentencia, lejos de haber resultado arbitraria o carente de motivación, reflejó una valoración integral sobre la prueba reunida. Sostuvo la credibilidad de la menor víctima con los dichos de su madre –pareja del imputado- y lo dictaminado por la psicóloga forense, descartando animosidad alguna en la conducta de aquella en oportunidad de realizar la denuncia. Tuvo por concluyente el dictamen de la pericia psiquiátrica forense para la determinación de la culpabilidad del imputado, acreditándose la inexistencia de circunstancias que le hayan impedido comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones. También se probó que el condenado presenta una personalidad compatible con el hecho atribuido, habiendo cometido los hechos delictivos en forma previa al consumo excesivo de alcohol. El máximo Tribunal provincial fundó su fallo teniendo en especial consideración en la doble situación de vulnerabilidad de la víctima, aplicando con estrictez las directrices sobre la Perspectiva de Género y de la Niñez con especial mención de las Reglas de Brasilia, y la normativa atinente respecto a la protección del Interés Superior del Niño, bajo el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; aplicando también nuestra legislación interna relativa a la Protección Integral a las Mujeres – ley 26.485-, la Convención sobre los Derechos de los Niños, la de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescente – ley 26.061 – y La Declaración sobre los principios fundamentales de Justicia para las víctimas de delitos; como también las consideraciones sobre el abuso de poder respecto de los derechos del niño proclamados por la ONU.

F. R. A. s/ Lesiones leves agravadas, amenazas, daños, violación de domicilio y privación ilegítima de la libertad, todo ello en concurso real.” Expte. N 790/19 STJ-SP

Ante la interposición de un recurso de casación como consecuencia de la condena a prisión por amenazas y lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber mediado violencia de género reiterada, el Superior Tribunal rechazo tal impugnación .Para sostener el fallo del Tribunal de Juicio se consideró probado el hecho, la agravante por violencia de género, como asimismo el contexto de violencia familiar en la cual se vio subsumida la víctima, lo cual no fue controvertido por la parte condenada.

S., M. N. H. s/ Recurso de casación C. 4132.”-“M.N.H. s/ Suspensión de juicio a prueba” Juz. Ejec. DJS- Expte. Nº 816/2019 STJ-SP

La Sala Penal de la Cámara de Apelaciones revocó resolución del Juez de Ejecución que habilitó un pedido de suspensión de juicio a prueba formulado por el condenado, en virtud de entender que los hechos juzgados sucedieron en un contexto de violencia de género. Deducida que fuera recurso de casación, el mismo fue rechazado por el Superior Tribunal pues entendió probados los hechos materia de juicio y consideró que constituyeron una acumulación de acciones que tuvieron como víctima vulnerable directa a su ex pareja, lo cual imposibilita aplicación de métodos alternativo de solución de conflictos.

López Entable, Laura Cristina y otras c/Concejo Deliberante de Ushuaia s/ Amparo. Expte. 2637/19. STJ-SR.

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al Recurso Extraordinario incoado por la actora en representación de diferentes organizaciones integrantes del “Movimiento de Mujeres de Ushuaia” con motivo del rechazo de la acción de amparo, que perseguía la declaración de la inconstitucionalidad de una ordenanza municipal que no garantizaba la máxima representación por género al momento de contabilizar las preferencias. El fallo en cuestión fijó un criterio de contabilización de las preferencias, en la que garantizó la paridad de género en el acceso a las bancas del Departamento Legislativo de la ciudad de Ushuaia. En resumen estableció que si un varón de la lista es preferido de acuerdo al porcentaje establecido, solamente se modificará el orden impreso en la lista, desplazando a otro varón que supere en preferencia. Adoptándose igual criterio, para idéntica situación respecto a las mujeres.

M., C. J. s/Lesiones graves agravadas, Violación de domicilio, lesiones leves y amenazas.” Expte. 594/18 STJ-SP

La Defensa de un condenado a prisión de cumplimiento efectivo por violación de domicilio, lesiones leves, amenazas, lesiones graves agravadas por victimizar a su ex pareja mujer en un contexto de violencia de género, fue en casación al Superior Tribunal siendo rechazado el recurso en base a los elementos cargosos que sostuvo la sentencia; en tanto se confirmó la modalidad de la pena de cumplimiento efectivo aplicada, en función de la existencia de antecedentes penales e incumplimiento a las restricciones oportunamente impuestas a su respecto, como asimismo la gravedad de los delitos cometidos en presencia de un menor de edad.

“M.M.W. s/amenazas coactivas”. Expte. 521/2018. STJ-SP.
La defensa de un condenado a prisión por amenazas simples, amenazas coactivas y desobediencia, interpuso recurso de casación. El Superior Tribunal de Justicia rechazó dicho recurso, destacando la credibilidad del testimonio de la mujer víctima, teniendo en cuenta la relación de pareja existente entre ambos, el contexto de violencia familiar crónico y la vulnerabilidad de la mujer al momento en que se desarrolló el suceso.

 

Incidente de excarcelación de M. F. G. G. en causa nº 721/17 caratulada G. G., M.F. s/ Lesiones graves agravadas”. Expte. 514/2017. STJ-SP.
La defensa de quien fuera imputado en orden a los delitos calificados como lesiones graves agravadas por el vínculo, mediando violencia de género, recurrió el rechazo al pedido de excarcelación dictado por el Tribunal de Juicio. La Alzada confirmó la sentencia entendiendo que existe riesgo procesal y se encuentra pendiente de producción la audiencia de debate. Además expuso que debe cumplirse con las obligaciones asumidas por el Estado en las Convenciones Internacionales, teniendo en cuenta la vulnerabilidad de la mujer víctima.

 

“N.A.J. s/ Homicidio doblemente agravado”. Expte. 459/2017. STJ-SP.
La defensa apeló la condena a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado cometido contra una mujer agravado por el vínculo y mediando violencia de género, fundamentando errónea valoración de la prueba. El recurso fue rechazado por la alzada, considerando que se encuentra debidamente acreditada la autoría del condenado, ello ante las pruebas recabadas durante el proceso.