Perspectiva de Género – Fallos Destacados 2021
“LUIZÓN, Stelios Demetrio s/ Abuso sexual reiterado agravado”, Expte. Nº 659/2018 STJ-SP.
Sentencia de Fecha 26-05-2021.
En ocasión de actuar como tribunal de casación, el STJ hizo lugar al recurso interpuesto por la querella y casó la sentencia absolutoria disponiendo la devolución del expediente al Tribunal de Juicio distrital, para que previa integración, reedite la audiencia de debate y dicte nuevo pronunciamiento, aplicando la perspectiva de género y de niñez. La Defensa del imputado interpuso recurso extraordinario federal contra el pronunciamiento dictado por el Superior Tribunal. Analizando los agravios, el alto tribunal desconsideró la recusación planteada con base en la falta de encuadre legal. Reconoció el derecho del querellante a promover e impulsar el proceso, aun cuando la fiscalía propició el sobreseimiento, invalidando el razonamiento del juzgador por haber limitado la participación de la parte durante el debate, además de haber rechazado la prueba ofrecida, vedando con ello su participación en el proceso. Consideró opuesto a la perspectiva de género que el juzgador haya derribado la credibilidad de la víctima al pronunciarse sobre rasgos de su personalidad, y destacó que su doble vulnerabilidad requiere una intervención particularmente adecuada por parte de todos los operadores del derecho actuantes en el proceso. Asimismo, hizo hincapié en la imperiosa necesidad de evitar la realización de actos que conlleven a la revictimización. El remedio procesal intentado no superó el control de admisibilidad, por resultar extemporáneo, amén de no revestir el carácter excepcional que exige, llevando esto a su rechazo.
“C. K., C. A. S/ Abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante”. Expte. Nº 979/2020. STJ-SP.
Sentencia de Fecha 30-09-2021.
En una causa de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la calidad de guardador, reiterado en número indeterminado de ocasiones, se resolvió dictar la pena a diez años de prisión.(arts.55,119 párrafos 2º y 4º inc. b del C.P). Interpuesto por la defensa recurso de casación, aduciendo errónea interpretación del plexo probatorio, como también la inimputabilidad de su defendido, el Superior Tribunal rechazó el mismo considerando en sus fundamentos que la sentencia, lejos de haber resultado arbitraria o carente de motivación, reflejó una valoración integral sobre la prueba reunida. Sostuvo la credibilidad de la menor víctima con los dichos de su madre –pareja del imputado- y lo dictaminado por la psicóloga forense, descartando animosidad alguna en la conducta de aquella en oportunidad de realizar la denuncia. Tuvo por concluyente el dictamen de la pericia psiquiátrica forense para la determinación de la culpabilidad del imputado, acreditándose la inexistencia de circunstancias que le hayan impedido comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones. También se probó que el condenado presenta una personalidad compatible con el hecho atribuido, habiendo cometido los hechos delictivos en forma previa al consumo excesivo de alcohol. El máximo Tribunal provincial fundó su fallo teniendo en especial consideración en la doble situación de vulnerabilidad de la víctima, aplicando con estrictez las directrices sobre la Perspectiva de Género y de la Niñez con especial mención de las Reglas de Brasilia, y la normativa atinente respecto a la protección del Interés Superior del Niño, bajo el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; aplicando también nuestra legislación interna relativa a la Protección Integral a las Mujeres – ley 26.485-, la Convención sobre los Derechos de los Niños, la de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescente – ley 26.061 – y La Declaración sobre los principios fundamentales de Justicia para las víctimas de delitos; como también las consideraciones sobre el abuso de poder respecto de los derechos del niño proclamados por la ONU.
“LIROLA, Miguel Ángel s/Abuso sexual simple reiterado”. Expte. Nº 1139/2021 STJ-SP.
Sentencia de Fecha: 17-12-2021.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal distrital, condenó a prisión a un imputado por el delito de abuso sexual simple reiterado. La defensa recurrió en casación. Entre otras controversias, cuestionó la carencia de formación de la psiquiatra forense que dictaminó sobre la credibilidad de la menor víctima. La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, no desatendió lo tardía que resultó la embestida en la etapa de alegatos, siendo que había traspasado la fase instructoria de forma incólume, e incluso destacó el ofrecimiento previo que la parte había realizado respecto de ese mismo dictamen pericial, como prueba pertinente y útil. En lo particular, sostuvo que la formación académica de la perito, como médico legista, abarca la violencia infantil y abuso sexual desde la perspectiva de los abusadores sexuales y también de los niños víctima. Que su práctica laboral, supera con creces casos de menores víctimas, y a su respecto, concluyó que si conoce la patología mental, bien debe haber antes conocido la psicología normal. El recurso, fue rechazado.