Juez de Instrucción decretó falta de mérito para procesar al profesor de música imputado de abuso a menores

Doctor Andrés Leonelli

(15/03/16) El Juez de Instrucción N° 2 del Distrito Judicial Norte, Doctor Andrés Leonelli resolvió el pasado viernes decretar la falta de mérito para procesar o sobreseer al maestro de música Marcelino Monchietti, por las denuncias de supuestos abusos a los menores que concurrían a sus clases en dos jardines de infantes de Río Grande.

El Juez consideró que por el momento no existen elementos suficientes para dictar su procesamiento aunque tampoco su desvinculación definitiva al proceso que se le sigue, por lo que dispuso profundizar la investigación.

Para adoptar tal temperamento se valió -entre otras cosas- de los informes periciales efectuados sobre el imputado por el psiquiatra Jorge Pérez Artaso y la Licenciada Alicia Aracena, profesionales del cuerpo de peritos del Poder Judicial, de más de 20 pericias psicológicas realizadas a los menores y de los dichos de los niños recibidos por profesionales bajo el sistema de cámara Gessell, además de las declaraciones de los padres.

Entre los puntos salientes de la resolución señala que en lo que respecta a la pericia psiquiátrica del imputado, el Dr. Perez Artaso consideró conveniente profundizar el estudio a través de una batería de test psicológicos tendientes a determinar los puntos relativos a posibles perversiones y/o pedolfilia. En este sentido se ordenó a la Lic. Aracena, perito Oficial del Distrito Judicial Sur, la realización de un examen más profundo.

En su dictamen la experta no observó rasgos habituales en sujetos con conflictos con la sexualidad y tampoco signos habituales en sujetos que hayan sufrido algún tipo de abuso durante su infancia, descartándose signos de desviaciones sexuales al modo de las parafilias o de otro instinto sexual.

El Juez Leonelli también mencionó que con el objeto de verificar las denuncias realizadas por padres acerca de que el docente habría tomado fotografías ”con connotaciones sexuales”, se realizaron -el mismo día de la denuncia- varios allanamientos, tanto en el domicilio del imputado como el de su progenitor, así como en ambos Jardines en donde Monchietti  daba clases.

“En tales diligencias se logró el secuestró de diferentes elementos electrónicos y soportes magnéticos, tales como computadoras, teléfonos, cámaras de video, cámaras fotográficas, pen drive, entre otros. Todos ellos fueron exhaustivamente peritados, no encontrándose -hasta el momento- elementos relacionados directamente con los hechos denunciados en la presente investigación, pese a la ardua tarea pericial. Pues en ciento de miles de fotos relevadas hasta la fecha (entre archivos existentes y borrados recuperados) no se halló siquiera una sola foto de alguno de los alumnos de todos los establecimientos en los que se desempeña como docente con alguna clase de connotación sexual”, menciona el expediente.

En relación a la mecánica de utilización de los baños que se encontraban dentro de las salas de los jardines en los que el docente daba clases, sostuvo Monchietti en su descargo que la regla general era que ningún maestro podía entrar al baño con el niño. Y que, en última instancia, si el menor necesitaba asistencia, se llamaba a sus padres para que fueran a asistirlo. En sentido similar, se expidieron todos los docentes de ambos establecimiento educativos involucrados, de acuerdo a la política institucional de cada uno de ellos, remarcó el juez de la causa.

“Sin perjuicio de ello, aseguraron -los docentes- que en las salas la afluencia de personal del establecimiento durante sus clases era intenso, por lo que -sentenciaron- era muy difícil que tuviera intimidad con los niños”, aseveró.

En sus conclusiones el magistrado señaló que -afortunadamente- “ninguno de los niños presuntamente víctima presenta signos físicos ni síntomas psíquicos que hagan sospechar que pudieran haber sido víctimas de algún tipo de abuso sexual” y que “el peritaje psiquiátrico-psicológico del imputado descartó la presencia de signos de desviaciones sexuales a modo de parafilias u otro instinto sexual”.

También expone que “de las pericias técnicas de todo el material electrónico secuestrado al imputado no surge -de momento- ningún elemento que permita robustecer la imputación en su contra. De todas las declaraciones recibidas al personal docente y no docente de los jardines Nº 3 y 21, así como aquellas recepcionadas a los demás testigos de marras, no surgen circunstancias que me permitan -por ahora- endilgarle comportamientos inapropiados ni -menos aún- delictivos al encausado”.

Sin perjuicio de todo lo hasta aquí expuesto, consideró Leonelli en su resolución que restan aún medidas pendientes de producción, por lo que se dispuso proseguir y profundizar la investigación. En efecto, el magistrado ordenó ahora un análisis más profundo de los elementos electrónicos secuestrados al docente, varias declaraciones testimoniales y la pericia psicológica de una menor que hasta la fecha no compareció ante el gabinete de psicólogos, entre otras medidas.

Además, teniendo en cuenta algunas contradicciones en los dichos del maestro, dispuso ampliar su declaración indagatoria para darle la oportunidad de expedirse al respecto.

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