SENTENCIAS DE LA SECRETARIA PENAL STJ

“ESCALANTE CARPINO, Walter Alexander s/ Hurto en grado de Ttva. (Incidente de Prisión Domiciliaria)”. Expte. Nº 1049/2021. STJ/SP. Sentencia del 25 de febrero de 2021, registrada al T VII – Fº162/167.
Se confirmó la decisión del Titular del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Sur que resolvió revocar la excarcelación oportunamente concedida y dispuso su captura e inmediata detención, toda vez que fundó su manda en los informes previos que dan cuenta del incumplimiento de las pautas de conducta fijadas al momento de conceder la libertad del imputado. Se destacó que el art. 306 del C.P.P. no exigía de manera previa la citación del encausado para dar las justificaciones correspondientes y por tanto, su omisión no vulneraba el derecho de defensa.

“GUERRERO VILLARROEL, Claudio Antonio s/ Abuso sexual simple reiterado en concurso real con exhibiciones obsenas reiteradas (7 hechos) s/ Incidente de casación” Expte. Nº 950/2020. STJ/SP. Sentencia del 21 de julio de 2020, registrada al T VI– Fº 725/729.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal DJN, rechazó la petición de omisión de debate formulada por el representante del Ministerio Público Fiscal y aceptada por la defensa. Contra ello, el Fiscal interpuso recurso de casación. El STJ, confirmó la decisión del a quo y sostuvo que el tribunal hizo uso de las potestades que el otorga el artículo 324 del C.P.P., al considerar que las particularidades de los hechos tornaban necesario la producción de la audiencia de debate para posibilitar que los involucrados sean escuchados en la forma más amplia posible a fin de establecer con mayor precisión los hechos y evaluar su trascendencia penal.

“RODRÍGUEZ PARRA, Ronny Miguel y otros s/ Homicidio en grado de tentativa”. Expte. Nº 875/2020. STJ/SP. Sentencia del 25 de febrero de 2021, registrada al T VII– Fº178/187.
Se rechazó el recurso de casación que, entre otras cuestiones, impugnó la decisión del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur, por no haber hecho lugar al pedido de reparación integral efectuado por las partes al momento de plantear cuestiones preliminares inmediatamente después de abierto por primera vez el debate. En función del precedente “Schof”, se destacó que la opinión del Agente Fiscal resulta esencial y que su oposición debidamente fundada es un obstáculo inclaudicable para la concesión de dicho instituto.

“S, M N H s/ Recurso de casación (C. 4132 S, M N H s/ Suspensión de Juicio a prueba Juz. Ejec. DJS)”, Expte. Nº 816/2019 STJ/SP. Sentencia del 8 de julio del 2020, registrada al T VI– Fº 668/675.
El STJ rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado, y confirmó la decisión de la Cámara de Apelaciones DJS, que revocó la resolución del Juez de Ejecución por la que hizo lugar al pedido de suspensión del juicio a prueba formulado por el condenado. Sostuvo que los hechos cometidos por el imputado se llevaron adelante en un contexto de violencia de género. Y señaló que el dictamen del Ministerio Público Fiscal, respecto de la suspensión del proceso a prueba, debidamente fundado (art. 56 del Código Procesal Penal), resulta vinculante para la jurisdicción (art. 76 bis, cuarto párrafo, del Código Penal).

“FANTONI, Jorge Luis s/ Grooming”, Expte. Nº 657/2018 STJ/SP. Sentencia del 17 de febrero de 2020, registrada al Tº VI – Fº 78/84.
El STJ rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado, y confirmó la decisión Tribunal de Juicio en lo Criminal DJS que condenó a Jorge Luis Fantoni, a la pena de tres (3) años y seis (6) meses de prisión, al considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de grooming o ciber acoso sexual (art. 131 del C.P.). Sostuvo que, se ha acreditado en autos que el propósito perseguido por el imputado era la obtención de satisfacción sexual en perjuicio de la integridad psicofísica de una menor de edad de manera ilícita, encontrándose reunidos los elementos típicos contenidos en la figura del art. 131 del C.P. Asimismo, estableció que, el examen efectuado por el a quo de la prueba colectada para determinar el monto punitivo no luce antojadizo ni absurdo. Antes bien, se halla amparado por los elementos de convicción adunados a los presentes obrados.

GALLO, Iván Adalberto s/ Legajo de Ejecución. Expte. Nº 137/2015. STJ/SP.
Se resolvió que el Juez de Ejecución de Sentencias carece de facultades para declarar reincidente al condenado. Se afirmó que las prerrogativas en cabeza de la autoridad de ejecución se encuentran circunscriptas al cumplimiento efectivo de la sentencia condenatoria y a garantizar durante la ejecución de la pena, el respeto de sus derechos y garantías. El tratamiento del instituto aludido por parte de la instancia de ejecución, cuando el Tribunal de Juicio en lo Criminal omitió hacerlo, resulta incompatible con el principio pro homine.