Ministerio Público Fiscal

 Congreso Nacional Nº 502 – Teléfono: (02901) 429500 – Fax:444060 – (9410) Ushuaia
 

¿Qué es el Ministerio Público Fiscal?

Es un organismo que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. En ese sentido:

a) Ejerce la acción penal pública y formula la acusación de los partícipes de un delito ante los jueces competentes.

b) Dictamina en las restantes causas judiciales cuando se encuentre comprometido el orden público.

A diferencia de lo que ocurre en el orden nacional en donde es considerado un órgano extrapoder (art. 120 de la Const. Nacional) en la Provincia de Tierra del Fuego el Ministerio Público Fiscal integra el Poder Judicial (art. 141 y ss. de la Const. Prov.). Su jefatura es ejercida por el Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, con asiento en la ciudad de Ushuaia. Cuenta además con una Oficina de Fiscales a cargo de un Fiscal Mayor en cada uno de los Distritos Judiciales (Norte: Río Grande y Sur: Ushuaia).

¿Cuáles son sus funciones legales?

«Según el art. 64 de la Ley Orgánica Nº 110 sus atribuciones y deberes son los fijados en los códigos procesales; y especialmente: – Velar por la observancia de la Constitución y de las leyes. – Vigilar el respeto a los derechos, deberes y garantías constitucionales. – Velar por la garantía de los derechos humanos y el correcto cumplimiento de las leyes en las cárceles y centros de detención. – Ejercitar las acciones para hacer efectiva la responsabilidad penal en que hubiesen incurrido los funcionarios públicos. – Intervenir en las causas en las que esté interesado el orden público. – Atender y asesorar a la víctima velando por sus derechos y facultades.

FISCALÍA ANTE  EL  SUPERIOR TRIBUNAL

Congreso Nacional 502 – (02901) 429500 – Fax: 444060 (9410) – Ushuaia
  • Fiscal ante el S.T.J. : Dr. Oscar Luján Fappiano
  • Prosecretario de la Fiscalía: Dr. Fernando Roberto Maino

OFICINA DE FISCALES DEL DISTRITO JUDICIAL NORTE

Río Grande Ruta 3 s/Nº Ex-Campamento YPF (9420) Teléfono (02964) 435000
  • Fiscal Mayor:   Dr. Guillermo Quadrini
  • Agente Fiscal:  Dr. Pablo Alfredo Candela
  • Agente Fiscal:  Dr. Jorge D. Lopez Oribe
  • Agente Fiscal:  Dra. Verónica Soledad Marchisio
  • Agente Fiscal Interino: Dr. Eduardo Tepedino
  • Secretario Interino: Dr. Juan Manuel Vicente

OFICINA de Fiscales del Distrito Judicial Sur

Ushuaia – Congreso Nacional Nº 502 (9410) Teléfono (02901) 429500
  • Fiscal Mayor: Dr. Guillermo Massimi
  • Agente Fiscal: Dr. Nicolás Arias
  • Agente Fiscal: Dr. Fernando Ballester Bidau
  • Agente Fiscal: Dr. Gustavo Daniel Curtale
  • Agente Fiscal: Dr. Eduardo Urquiza
  • Secretario Adscripto: Dr. Mauricio Neri Cravero
  • Secretario Penal: Dr. J. Nicolás Ballestrero
  • Secretaria Civil: Dra. María Paula Schapochnik

¿Qué es una denuncia penal?

Es un acto por medio del cual una persona pone en conocimiento de la autoridad que ha sido víctima de un delito o que, sin serlo, ha tenido noticias de su comisión.

¿Qué delitos pueden denunciarse?

Pueden denunciarse aquellos delitos considerados de acción pública, (prácticamente, todos los delitos tipificados por el Código Penal).

 No se recibirán denuncias por los siguientes delitos – de acción privada –

 1) Calumnias e Injurias,

2) Violación de Secretos, salvo en los casos de los arts. 154 y 157 Cód. Penal

3) Concurrencia desleal prevista en el art. 159 del mismo Código,

4) Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, cuando la víctima fuere el cónyuge.

En estos cuatro supuestos, si el ofendido pretendiese la intervención de la justicia, deberá interponer una querella, con asistencia letrada, ante el Juzgado Correccional del Distrito Judicial correspondiente.

¿Dónde puede formularse una denuncia penal?

La denuncia podrá efectuarse ante un Fiscal, Juez de Instrucción, o la Policía. Las Oficinas de Fiscales están situadas en los siguientes edificios:

Río Grande: Ruta 3 s/Nº Ex-Campamento YPF

Ushuaia: Congreso Nacional Nº 502

La atención al público es de lunes a viernes de 8 a 14 hs. Sin embargo, durante las 24 hs, y en especial en casos de urgencia, la denuncia podrá ser efectuada ante la Policía Provincial, en la Comisaría más próxima a su domicilio

¿Cómo se efectúa?

La denuncia ante la Oficina de Fiscales puede ser presentada por escrito, o verbalmente, en cuyo caso se labrará un acta. En ambos supuestos se constatará la identidad del compareciente. Las denuncias anónimas no serán tramitadas por la Fiscalía.

¿Qué derechos tienen las víctimas y testigos?

Desde el inicio de un proceso penal, el Estado garantizará a las víctimas y testigos de un delito los siguientes derecho:

 1- A recibir un trato digno y respetuoso por parte de las autoridades.

2- Al sufragio de los gastos de traslado.

3- A la protección de la integridad física y moral, inclusive de su familia.

4- A ser informado sobre el resultado del acto en el que ha participado.

5- Cuando se tratare de persona mayor de setenta (70) años, mujer embarazada o enfermo grave, a cumplir el acto procesal en el lugar de su residencia.

  • Constitución Provincial  (Ver)
  • Código Procesal Civil, Com., Lab. Rural y Minero, Ley Nº 147 y modif. (Ver)
  • Código Contencioso Administrativo, Ley Nº 133 y modif.  (Ver)
  • Código Procesal Penal, Ley Nº 168 y modif.  (Ver)
  • Ley Orgánica del Poder Judicial, Nº 110 y modif. (Ver)
  • Ley de Procedimiento Administrativo, Ley Nº 141  (Ver)
  • Ley Electoral, Nº 201  (Ver)
  • Ley de Hábeas Corpus, Nº 333
  • Ley de Flagrancia, Nº 792  (Ver)
  • Ley Mediación, Nº 804  (Ver)

Ranking de Flagrancia por delitos – Ushuaia 2017 (ver gráfico 1 ver gráfico 2)

Ranking de Flagrancia por delitos – Ushuaia 2016 (ver gráfico …)

Flagrancias 2016  Ministerio Público Fiscal Distrito Judicial Sur (ver gráfico …)