Jurisprudencia – Perspectiva de Género

“M., B. L. S/ ABUSO SEXUAL DOBLEMENTE AGRAVADO EN CONCURSO REAL CON LESIONES LEVES”. EXPTE. Nº 1335/2022 STJ-SP.
 Tema: ABUSO SEXUAL- PERSPECTIVA DE NIÑEZ. Sentencia de Fecha 31-03-2023.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal absolvió por el delito de abuso sexual doblemente agravado. El STJ hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal y declaró la nulidad de la sentencia. Sostuvo que la argumentación de la sentencia absolutoria ha sido sesgada y carente de la perspectiva de niñez que se propicia, otorgándole entidad superlativa a circunstancias colaterales sin que se priorizara el testimonio del menor. El tribunal omitió ponderar las circunstancias de modo, tiempo y lugar que el menor brindó en su declaración.

“S. S., M. A. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADOS Y CORRUPCIÓN DE MENORES AGRAVADA”. EXPTE.  Nº 1246/2022 STJ-SP.
Tema: DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL. ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL.  Sentencia de Fecha  29-11-2022.
En la oportunidad de analizar el recurso de casación interpuesto contra la sentencia condenatoria del Tribunal de Juicio en lo Criminal, el STJ sostuvo que el examen del caso no puede desligarse de la perspectiva con la que deben ser juzgadas las reiteradas agresiones sexuales contra las víctimas, en prístina vulneración a sus derechos como mujer y niña. La reforma introducida por la ley 27.602, tuvo en miras la situación desigual que poseían las niñas, niños y adolescentes víctimas de la clase de delitos contra la integridad sexual, con respecto a la vulnerabilidad que implicaba su posición respecto a la posibilidad de requerir una respuesta jurisdiccional. El enfoque que debe asumirse en casos como el presente, en el cual las víctimas denunciaron ocho años después de la finalización de los abusos, revelan las especiales características del caso, que impiden una aplicación automática del plazo de prescripción declamado, sin un debido examen de las implicancias que redundaría la misma en el marco de un juzgamiento con perspectiva de género.

“V., R. C. F. Y V. , J. A. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO”. EXPTE. Nº 1245/2022 STJ-SP
Tema: ABUSO SEXUAL- PERSPECTIVA DE GÉNERO. Sentencia de fecha 14-09-2022.
El STJ, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal y declaró la nulidad de la sentencia absolutoria del Tribunal de Juicio en lo Criminal en orden a los delitos de abuso sexual agravado por acceso carnal y por la convivencia preexistente con una menor de dieciocho años, reiterado y abuso sexual simple agravado por la convivencia preexistente con una menor de dieciocho años, reiterado. La especial condición que reviste una mujer, menor de edad, presunta víctima de un delito contra su integridad sexual requiere una intervención particular de todos los operadores del derecho en el desarrollo del proceso penal. El empleo de la declaración de la víctima en detrimento de su propia vivencia, tornaría imposible el análisis acerca de cualquier hecho o conducta de un individuo como tal.

“LIROLA, MIGUEL ÁNGEL S/ABUSO SEXUAL SIMPLE REITERADO”. EXPTE. Nº 1139/2021 STJ-SP.
Sentencia de Fecha: 17-12-2021
El Tribunal de Juicio en lo Criminal distrital, condenó a prisión a un imputado por el delito de abuso sexual simple reiterado. La defensa recurrió en casación. Entre otras controversias, cuestionó la carencia de formación de la psiquiatra forense que dictaminó sobre la credibilidad de la menor víctima. La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, no desatendió lo tardía que resultó la embestida en la etapa de alegatos, siendo que había traspasado la fase instructoria de forma incólume, e incluso destacó el ofrecimiento previo que la parte había realizado respecto de ese mismo dictamen pericial, como prueba pertinente y útil. En lo particular, sostuvo que la formación académica de la perito, como médico legista, abarca la violencia infantil y abuso sexual desde la perspectiva de los abusadores sexuales y también de los niños víctima. Que su práctica laboral, supera con creces casos de menores víctimas, y a su respecto, concluyó que si conoce la patología mental, bien debe haber antes conocido la psicología normal. El recurso, fue rechazado.

“R., F. A. S/ ABUSO SEXUAL SIMPLE.” EXPTE. Nº 699/2021 STJ- SP.
Sentencia de Fecha 14-10-2020
El Tribunal de Juicio en lo Criminal DJS absolvió sin costas a F.A.R. en orden al delito de abuso sexual agravado (art. 119 párrafo 1º y 4º incs. B y f del Código Procesal Penal), la parte querellante interpuso recurso de casación, el cual fue admitido; razón por la que el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia absolutoria, con un voto en disidencia, resolviendo que la perspectiva de género como estándar valorativo, permite ampliar espacios de protección de aquellas personas que se encuentran en clara desventajas con la imagen ideal prevista por la norma. El caso se centra en lo principal a establecer la correcta valoración de los dictámenes periciales contradictorios, tornándose necesario la estricta valoración del material probatoria incorporado a la causa, sin incurrir en estereotipos abstractos primando ante todo el justo alcance y la necesaria aplicación del principio de inocencia del imputado en autos.

“LEPEZ BERNAL, MARIA ALVERE C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EXPTE Nº 2758/2020. STJ SR
Sentencia de Fecha 31-03-2022
Producida la cancelación de la designación de una empleada de la administración pública provincial que no gozaba de la estabilidad y que se encontraba usufructuando licencia por maternidad; originó la nulidad absoluta del acto administrativo cancelatorio en razón de la expresa conculcación de la normativa internacional y nacional referida a la protección del derecho a la mujer y a la maternidad. El Superior Tribunal Provincial falló con perspectiva de género ante la situación de vulnerabilidad de la trabajadora, condenando a la demandada a la reinstalación de la misma a su puesto de trabajo, cumplimentándose así el mandato de acción positiva que prevé el plexo constitucional y convencional, privilegiando la protección de derechos de rango constitucional frente a la potestad discrecional que posee el Ejecutivo Provincial.

“C. K., C. A. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE”. EXPTE. Nº 979/2020. STJ-SP.
Sentencia de Fecha 30-09-2021
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En una causa de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la calidad de guardador, reiterado en número indeterminado de ocasiones, se resolvió dictar la pena a diez años de prisión.(arts.55,119 párrafos 2º y 4º inc. b del C.P). Interpuesto por la defensa recurso de casación, aduciendo errónea interpretación del plexo probatorio, como también la inimputabilidad de su defendido, el Superior Tribunal rechazó el mismo considerando en sus fundamentos que la sentencia, lejos de haber resultado arbitraria o carente de motivación, reflejó una valoración integral sobre la prueba reunida. Sostuvo la credibilidad de la menor víctima con los dichos de su madre –pareja del imputado- y lo dictaminado por la psicóloga forense, descartando animosidad alguna en la conducta de aquella en oportunidad de realizar la denuncia. Tuvo por concluyente el dictamen de la pericia psiquiátrica forense para la determinación de la culpabilidad del imputado, acreditándose la inexistencia de circunstancias que le hayan impedido comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones. También se probó que el condenado presenta una personalidad compatible con el hecho atribuido, habiendo cometido los hechos delictivos en forma previa al consumo excesivo de alcohol. El máximo Tribunal provincial fundó su fallo teniendo en especial consideración en la doble situación de vulnerabilidad de la víctima, aplicando con estrictez las directrices sobre la Perspectiva de Género y de la Niñez con especial mención de las Reglas de Brasilia, y la normativa atinente respecto a la protección del Interés Superior del Niño, bajo el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; aplicando también nuestra legislación interna relativa a la Protección Integral a las Mujeres – ley 26.485-, la Convención sobre los Derechos de los Niños, la de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescente – ley 26.061 – y La Declaración sobre los principios fundamentales de Justicia para las víctimas de delitos; como también las consideraciones sobre el abuso de poder respecto de los derechos del niño proclamados por la ONU.

“F. R. A. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS, AMENAZAS, DAÑOS, VIOLACIÓN DE DOMICILIO Y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD, TODO ELLO EN CONCURSO REAL.” EXPTE. N 790/19 STJ-SP.
Sentencia de Fecha 08-06-2020.
Ante la interposición de un recurso de casación como consecuencia de la condena a prisión por amenazas y lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber mediado violencia de género reiterada, el Superior Tribunal rechazo tal impugnación .Para sostener el fallo del Tribunal de Juicio se consideró probado el hecho, la agravante por violencia de género, como asimismo el contexto de violencia familiar en la cual se vio subsumida la víctima, lo cual no fue controvertido por la parte condenada.

“S., M. N. H. S/ RECURSO DE CASACIÓN C. 4132.”-“M.N.H. S/ SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA” JUZ. EJEC. DJS- EXPTE. Nº 816/2019 STJ-SP.
Sentencia de Fecha 08-07-2020.
La Sala Penal de la Cámara de Apelaciones revocó resolución del Juez de Ejecución que habilitó un pedido de suspensión de juicio a prueba formulado por el condenado, en virtud de entender que los hechos juzgados sucedieron en un contexto de violencia de género. Deducida que fuera recurso de casación, el mismo fue rechazado por el Superior Tribunal pues entendió probados los hechos materia de juicio y consideró que constituyeron una acumulación de acciones que tuvieron como víctima vulnerable directa a su ex pareja, lo cual imposibilita aplicación de métodos alternativo de solución de conflictos.

LÓPEZ ENTABLE, LAURA CRISTINA Y OTRAS C/CONCEJO DELIBERANTE DE USHUAIA S/ AMPARO. EXPTE. Nº 2637/19. STJ-SR.
Sentencia de Fecha 25-04-2019.
El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al Recurso Extraordinario incoado por la actora en representación de diferentes organizaciones integrantes del “Movimiento de Mujeres de Ushuaia” con motivo del rechazo de la acción de amparo, que perseguía la declaración de la inconstitucionalidad de una ordenanza municipal que no garantizaba la máxima representación por género al momento de contabilizar las preferencias. El fallo en cuestión fijó un criterio de contabilización de las preferencias, en la que garantizó la paridad de género en el acceso a las bancas del Departamento Legislativo de la ciudad de Ushuaia. En resumen estableció que si un varón de la lista es preferido de acuerdo al porcentaje establecido, solamente se modificará el orden impreso en la lista, desplazando a otro varón que supere en preferencia. Adoptándose igual criterio, para idéntica situación respecto a las mujeres.

“LUIZÓN, STELIOS DEMETRIO S/ ABUSO SEXUAL REITERADO AGRAVADO”, EXPTE. Nº 659/2018 STJ-SP.
Sentencia de Fecha 26-05-2021.
En  ocasión de actuar como tribunal de casación, el STJ hizo lugar al recurso interpuesto por la querella y casó la sentencia absolutoria disponiendo la devolución del expediente al Tribunal de Juicio distrital, para que previa integración,  reedite la audiencia de debate y  dicte nuevo pronunciamiento, aplicando la perspectiva de género y de niñez. La Defensa del imputado interpuso recurso extraordinario federal contra el pronunciamiento dictado por el Superior Tribunal. Analizando los agravios, el alto tribunal desconsideró la recusación planteada con base en la falta de encuadre legal. Reconoció el derecho del querellante a promover e impulsar el proceso, aun cuando  la fiscalía propició el sobreseimiento, invalidando  el razonamiento del juzgador por haber limitado la participación de la parte durante el debate, además de haber rechazado la prueba ofrecida, vedando con ello su participación en el proceso. Consideró opuesto a la perspectiva de género que el juzgador haya derribado la credibilidad de la víctima al pronunciarse sobre rasgos de su personalidad, y destacó que su doble vulnerabilidad requiere una intervención  particularmente  adecuada por parte de todos los operadores del derecho   actuantes en el proceso. Asimismo, hizo hincapié en  la imperiosa necesidad de evitar la realización de  actos que  conlleven a la revictimización.  El remedio procesal intentado no superó el control de admisibilidad, por resultar  extemporáneo, amén de no revestir el carácter excepcional que exige, llevando esto a su rechazo.

“M., C. J. S/LESIONES GRAVES AGRAVADAS, VIOLACIÓN DE DOMICILIO, LESIONES LEVES Y AMENAZAS.” EXPTE. 594/18 STJ-SP.
Sentencia de Fecha 05-11-2019.
La Defensa de un condenado a prisión de cumplimiento efectivo por violación de domicilio, lesiones leves, amenazas, lesiones graves agravadas por victimizar a su ex pareja mujer en un contexto de violencia de género, fue en casación al Superior Tribunal siendo rechazado el recurso en base a los elementos cargosos que sostuvo la sentencia; en tanto se confirmó la modalidad de la pena de cumplimiento efectivo aplicada, en función de la existencia de antecedentes penales e incumplimiento a las restricciones oportunamente impuestas a su respecto, como asimismo la gravedad de los delitos cometidos en presencia de un menor de edad.

“M.M.W. S/AMENAZAS COACTIVAS”. EXPTE. 521/2018. STJ-SP.
Sentencia de Fecha 24-08-2018
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La defensa de un condenado a prisión por amenazas simples, amenazas coactivas y desobediencia, interpuso recurso de casación. El Superior Tribunal de Justicia rechazó dicho recurso, destacando la credibilidad del testimonio de la mujer víctima, teniendo en cuenta la relación de pareja existente entre ambos, el contexto de violencia familiar crónico y la vulnerabilidad de la mujer al momento en que se desarrolló el suceso.

“INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE M. F. G. G. EN CAUSA Nº 721/17 CARATULADA G. G., M.F. S/ LESIONES GRAVES AGRAVADAS”. EXPTE. 514/2017. STJ-SP.
Sentencia de Fecha
 22-01-2018.
La defensa de quien fuera imputado en orden a los delitos calificados como lesiones graves agravadas por el vínculo, mediando violencia de género, recurrió el rechazo al pedido de excarcelación dictado por el Tribunal de Juicio. La Alzada confirmó la sentencia entendiendo que existe riesgo procesal y se encuentra pendiente de producción la audiencia de debate. Además expuso que debe cumplirse con las obligaciones asumidas por el Estado en las Convenciones Internacionales, teniendo en cuenta la vulnerabilidad de la mujer víctima.

“N.A.J. S/ HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO”. EXPTE. 459/2017. STJ-SP.
Sentencia de Fecha
 11-06-2018.
La defensa apeló la condena a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado cometido contra una mujer agravado por el vínculo y mediando violencia de género, fundamentando errónea valoración de la prueba. El recurso fue rechazado por la alzada, considerando que se encuentra debidamente acreditada la autoría del condenado, ello ante las pruebas recabadas durante el proceso.